Y esta tapa para cuando? |
La tapa de Clarín del domingo, contenía publicado el art. 32 de la Constitución Nacional, como manifiesta crispación ante la inminente Ley que declara de interés público el papel para diarios y revistas.
Resultó curioso que fuese este diario, ligado a la dictadura militar, promotor de quiebres institucionales, entre otras cosas; quién recordara la existencia de una Constitución Nacional. Lo que resultó obvio fue que manipulen la información en desmedro de sus lectores que ahora afirmaran que la constitución se lee a partir del trigésimo segundo artículo, salteando otro artículo que omitieron, omiten y (de seguir el manejo absoluto sobre los insumos para la prensa) omitirán; el artículo 14 bis:
El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; ORGANIZACIÓN SINDICAL LIBRE y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.
El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna.
La conducta ignominiosa de las patronales periodísticas, alineadas con el terrorismo clarinista; El Tribuno es el caso que tengo cerca y conozco por los compañeros que padecen dentro de esa redacción, es impune. El agravante del matutino salteño es que quienes integran su directorio, ostentan cargos públicos destacándose el ex gobernador y actual senador nacional Juan Carlos Romero. El legislador amparado en sus fueros legislativos eludidó cuantiosas requisitorias de la justicia.
Héctor Magnetto, Juan Carlos Romero y muchos personajes habituales en la puesta del fantasma de la opería mediática hoy izan cual bandera el artículo 32 de la Constitución Nacional, sería bueno que recuerden que entre los 129 artículos el 14 bis también hay que acatarlo.
Difícil que el chancho chifle ...
ResponderBorrarCuando los medios de difusión solamente difunden lo que es conveniente ó importante para el interés de sus dueños, mintiendo u omitiendo todo aquéllo que no les favorezca ó sirva, significa que la "libertad de prensa y de expresión" ha sido arrojada a una fosa común de desaparecidos. Ni siquiera inhumada con decoro. Simplemente "desaparecida", como decía el viejo dictador encarcelado.
Y cuando NO SE CUMPLE CON LO QUE LA CONSTITUCION NACIONAL INDICA, la responsabilidad es del PODER JUDICIAL que NO CUMPLE CON SU IRRENUNCIABLE OBLIGACION: ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY PARA TODOS.
Y sin querer quitar culpas de quienes abusan de la lenidad de la justicia, aplicando la popular sentencia y volviendo a citar al porcino: "la culpa no la tiene el chancho ..."
Saludos
Tilo, 70 años
se van cayendo las caretas, bien...
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